Vicepresidencia 2º Legislatura de Jujuy

DECLARACIÓN Nº 219/10: SOLICITANDO AL PE REFORZAR EL PROGRAMA PROVINCIA DE CONCIENTIZACIÓN Y PREVENCIÓN DE INCENDIOS

13.12.2010 12:36

San Salvador de Jujuy, Septiembre de 2010.-

 

SEÑOR

PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA DE JUJUY

PEDRO ANTONIO SEGURA LOPEZ

DESPACHO SECRETARIO PARLAMENTARIO

 

Tenemos el agrado de dirigirnos a usted, y por su intermedio a la Honorable Cámara, con el objeto de someter a consideración el siguiente Proyecto de Declaración: “Solicitar a las autoridades correspondientes reforzar el contenido del programa Provincial de concientizacion y prevención de incendios a través de distintos medios informáticos, radiales y televisivos”.

Por los fundamentos que en el mismo se expresan, solicitamos el correspondiente trámite parlamentario.

Saludamos a Usted, con distinguida consideración y respeto.-

 

Proyecto de Declaración: “Solicitar a las autoridades correspondientes reforzar el contenido del programa Provincial de concientizacion y prevención de incendios, a través de distintos medios informáticos, radiales y televisivos”.

 

SEÑOR PRESIDENTE

SEÑORAS DIPUTADAS

SEÑORES DIPUTADOS:

El incendio sucedido en el Parque Nacional Calilegua puso de relieve en estas ultimas semanas en Nuestra Provincia, distintas aristas vinculadas al fuego, huelga por reclamos salariales y laborales del personal de Parques Nacionales, recursos insuficientes de materiales del personal, la existencia de un programa inadecuado de concientizacion, sensibilización y prevención de incendios destinado a la población Jujeña.

Las consecuencias de los incendios en general son altamente negativas, perdidas de vidas humanas, perdidas de bienes muebles, daños irreparables sobre el ambiente y reservas naturales, problema en la salud de los habitantes a causa del humo (ojos irritados, sequedad en la boca, dolores de cabeza y dificultad al respirar), nebulosa en rutas y urbes también producidas por el humo, entre otras.

Últimamente se viene practicando lamentablemente una modalidad que implica serios peligros en caso de descontrol, que consiste en prender voluntariamente fuego en zonas de pastizales, esto con distintos fines, entre ellos, provocar la huida de animales, evitar cortar manualmente pastizales, o simplemente por el solo placer de disfrutar encender llamas de fuego, enfermedad esta denominada piromanía.

En nuestra Provincia se suscitaron todos los casos anteriormente nombrados, las versiones indican, que el incendio en el Parque Nacional Calilegua fue producido por agricultores de la zona que quemaron pastizales, para producir mejores pasturas en época de lluvia. Lo que también se observa en gran parte de la Provincia son focos de incendios a los laterales de las rutas, generando gran cantidad de humareda, que impide a los conductores de vehículos visualizar correctamente, nublándoles la vista, causando así graves peligros para automovilistas y peatones que se encuentren a los costados de los tramos.

Es por todo ello, y teniendo en cuenta la gravedad de las consecuencias que trae aparejado todo tipo de incendios, el presente Proyecto pretende sugerir la adopción al Gobierno Provincial y este a través de los organismos que correspondan, de reforzar el programa de concientizacion y prevención de incendios, destinado a la población Jujeña a través de distintos medios informáticos, radiales y televisivos, donde en breves líneas se haga mención de las penas o sanciones en que incurre aquel que sea autor de un incendio voluntario, de las consecuencias en la salud de las personas, de los peligros en general del fuego y de todo aquello que las autoridades competentes en la materia consideren conveniente.

Por las razones expuestas, solicito a las Señoras Diputadas y a los Señores Diputados el acompañamiento para la aprobación del presente Proyecto de Declaración.

 

LA LEGISLATURA DE JUJUY

SANCIONA LA SIGUIENTE

DECLARACIÓN Nº 219/10

Articulo 1.- La Legislatura de la Provincia de Jujuy, vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos que correspondan, implemente en el programa de concientizacion, y prevención de incendios existente, la mención de las penas o sanciones en que incurriere aquel que sea autor de un incendio voluntario, de las consecuencias en la salud de las personas, y de los peligros en general del fuego y de todo aquello que las autoridades competentes en la materia consideren conveniente, difundiéndolo masivamente a través de medios informáticos, radiales y televisivos.

Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

 

 

 

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