Vicepresidencia 2º Legislatura de Jujuy

CONCERTACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DEL SISTEMA DE EDUCACIÓN PÚBLICA EN JUJUY

05.04.2010 17:18

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de Marzo de 2010.-


PROYECTO DE LEY: “Concertación para la recuperación del sistema de educación pública para la Provincia de Jujuy".

SEÑOR PRESIDENTE

SEÑORES DIPUTADOS

SEÑORAS DIPUTADAS:

Jujuy vive en la actualidad acontecimientos que nos obligan  a tomar conciencia del grave nivel de deterioro que sufre la sociedad jujeña en su conjunto, ya no podemos referenciarnos a nosotros ni siquiera como una provincia periférica y dependiente del desarrollo nacional como pudo ser durante la etapa de la Argentina en proceso de industrialización.

Las políticas neoliberales de los últimos 20 años nos han llevado a una fragmentación social y a un empobrecimiento  que excede lo económico  sin precedentes.

No es poco común escucharnos a los jujeños hablar de nosotros mismos como una provincia  “inviable” , donde ya no se puede trabajar, transitar, es más para muchos en Jujuy ya no se puede vivir ni educar a nuestros hijos, lo cual da cuenta que estamos comprometiendo no sólo el presente sino fundamentalmente el futuro de la comunidad toda.

Ha llegado el momento de realizar un análisis crítico como comunidad adulta, y plantearnos nuevamente metas comunes que nos permitan emprender un camino de superación, este camino permitirá optimizar nuestra capacidad de gobernarnos y  administrarnos, esto sólo será posible planificando nuestra acciones con los diferentes  actores sociales.

Necesitamos encontrar un punto en el cual prime sobre los intereses particulares el bien común, que nos permita en base a nuestra historia reciente, abandonar  como sociedad la certeza de entender “lo político” como campo de disputa del poder, justificando de este modo acciones que vulneren nuestros derechos como ciudadanos Jujeños.

Un proyecto con inclusión social e igualdad de oportunidades, es posible, no en vano tenemos  30 mil personas detenidas y desaparecidas en la Argentina, quienes  soñaron  con un país diferente.

Es indispensable que en Jujuy se construya colectivamente alternativas, crear u nuevo Jujuy será tarea de nuestra generación y de las que vienen, de nosotros depende que esto sea posible.

Es reconocido por todos los actores de la sociedad jujeña la importancia de la niñez y al mismo tiempo reconocemos su vulnerabilidad, aún hoy, viven en condiciones de indigencia un número importante de niños.

Los niveles de abandono y desigualdad social a los que hoy asistimos no tienen justificación alguna, debemos preguntarnos si solamente una catástrofe como la que vivieron nuestros hermanos chilenos nos remitiría unirnos y encontrar motivos para superar diferencias de forma y priorizar la vida,  para que un Jujuy diferente sea posible.

Son demasiados años de malos aprendizajes, con esta Ley invitamos a la sociedad jujeña a que hagamos una primer apuesta en común, a la Educación de nuestros niños y jóvenes. Que supere los intereses y etapas de las diferentes líneas políticas, que lleve a los gobiernos de turno y a los trabajadores de la educación a llegar a acuerdos que no hagan que la educación de las generaciones futuras sea el motín.

Debemos terminar con el concepto falso de aquellos que piensan que mandando a sus hijos a las escuelas de gestión privada estos se salvarán, porque en una sociedad en la cual no se educan todos no se salva nadie.

Hoy no tendríamos la situación actual si nuestros antecesores hubieran hace veinte años  priorizado la educación como cuestión de estado, otra seria nuestra provincia, otro nuestro esquema productivo, nuestro lugar en el país, otra capacidad de producción de conocimiento, y los valores y preocupaciones de nuestra sociedad, seguramente también seria otros nuestros dirigentes.

Por todo lo dicho solicitamos a nuestros pares nos acompañen en la aprobación de este proyecto de ley.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY

SANCIONA LA LEY              /10

CONCERTACION PARA LA RECUPERACION DELSISTEMA DE EDUCACION PÚBLICA PARA LA PROVINCIA DE JUJUY


ARTICULO 1°: Declárese la emergencia del sistema de Educación Pública en la Provincia de Jujuy, reconociendo como consecuencia el alto porcentaje de nuestra población en estado de riesgo socioeducativo.

ARTICULO 2°: El gobernador de la provincia deberá convocar a una mesa de concertación, a efectos de conformar un equipo permanente de trabajo,  bajo el lema ”POR UN NUEVO CENTENARIO CON EDUCACION PARA TODOS”.

ARTICULO 3°: Este equipo de trabajo tendrá como OBJETIVO la formulación de un programa para la recuperación de la Educación Pública en el ámbito de la Provincia de Jujuy.

ARTÍCULO 4°: Deberá el Gobernador convocar como miembros para la integración de este equipo de trabajo a:

- Ministerio de Educación.

- Ministerio de Desarrollo Social.

- Ministerio de Salud.

- Bloques Políticos de la Legislatura.

- Universidad Nacional de Jujuy.

- Asociación de Graduados en Ciencias de la Educación.

- Institutos de Formación Docentes.

- Asociación de Trabajadores de la Educación.

- Partidas Políticos actuantes en la Provincia.

ARTICULO 5°: Esta comisión tendrá como plazo máximo para la elaboración del programa mencionado 24 meses,  debiendo realizar publicaciones de los avances logrados en forma mensual, a través de medios masivos de comunicación.

ARTICULO 6°: El Gobierno de la Provincia deberá a efectos de garantizar la participación de la ciudadanía jujeña en la construcción y diseño del Programa de Recuperación de la Educación Pública:

A- Emitir un programa para la difusión y discusión en forma  exclusiva de las temáticas abordando en el avance del diseño del Programa de Recuperación de la Educación Pública. Este espacio de discusión se deberá implementar por medios audiovisuales y radiales de trasmisión por aire y de alcance a toda la provincia.

B-  Incorporar en las jornadas institucionales mensuales la socialización y discusión de los avances del P. de R. de la E. P.

C-  Convocar para el segundo semestre de este año la realización de un CONGRESO PEDAGOGICO PROVINCIAL.

ARTICULO 7°: Los recursos necesarios para el cumplimiento de esta Ley deberán ser garantizados por el Poder Ejecutivo, en tiempo y forma dando prioridad, frente a otras obligaciones.

ARTICULO 8°: De forma.

© 2008 Todos los derechos reservados.

Crea una página web gratisWebnode