Vicepresidencia 2º Legislatura de Jujuy

CONTRATACIÓN DE UNA AUDITORIA ESPECIAL DE LOS ESTADOS CONTABLES DEL BAS

23.04.2010 10:20

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de Abril de 2010.-

 

PROYECTO DE LEY: CONTRATACIÓN DE UNA AUDITORIA ESPECIAL DE LOS ESTADOS CONTABLES DEL BANCO DE ACCION SOCIAL.

SEÑOR PRESIDENTE

SEÑORES DIPUTADOS

SEÑORAS DIPUTADAS:

La respuesta al pedido de Informe Nº 05 de fecha 15 de Octubre de 2009 sobre aspectos administrativos - contables y de gestión del  Banco de Acción Social concluye en lo siguiente:

Al día de la fecha ninguna rendición de cuentas se encuentra aprobada desde el ejercicio cerrado 2001. El informe del sindico y del Jefe de Departamento Auditoría III del Tribunal de Cuentas,  advierten entre otras sobre: a) no existen saldos al inicio confiables, b) alto grado de riesgo, c)la imposibilidad material p/cumplir en todas las funciones de la sindicatura, severas fallas de control interno, … falta de una administración seria y eficiente en administración de fondos de terceros, d) los Estados Contables no presentan razonablemente la situación patrimonial, así como el resultado del ejercicio, las variaciones del patrimonio y del flujo de efectivo e) opinión negativa.

“... No obstante ello y habiendo tomado conocimiento de la situación de caos administrativo – contable que impide un normal y razonable estudio de la cuenta, y a los fines de evitar el descontrol total del Banco que perdura en el tiempo correspondería realizar las auditorias especiales que la Sala I juzgue convenientes...”.

A esto se agrega  la falta de cumplimiento del  Régimen de Contrataciones de la Provincia: Las dos contrataciones conocidas, los tragamonedas y los casinos producen una recaudación anual de aproximadamente 20 millones de pesos, siempre que los datos aportados sean fiables, las cuales fueron formalizadas con el procedimiento de selección de contrataciones directas, es decir sin  la observancia del procedimiento de licitación publica establecido en la ley.

Por otra parte, la Resolución Nº 401/2008 emitida por la Gerencia de esta Institución, que establece modificaciones en las remuneraciones del presidente y vocales del Directorio, no se ajusta a derecho, primero porque transgrede la ley que establece la remuneración de tales funcionarios, y por otra parte, los montos que fija la resolución y que fueran liquidados son muy superiores a los que deben ser abonados según la ley. A todo ello se suma que el encuadre legal en que se fundamenta el aumento salarial  referido no es de aplicación para este organismo. La misma institución, posteriormente, para enmendar este abuso en el ejercicio de sus funciones, con  fecha mayo 2009, fundamentado en la critica situación económica que obliga a realizar un planeamiento de gastos diferente, el Gerente mediante Resolución Nº 392/2009 resuelve:

“Suspender la vigencia de la Resolución Nº 401-GG-08 a partir del 1º de Junio de 2009…”.

Aceptar la situación actual del Banco de Acción Social sin proponer una acción que ponga coto a esta sucesión de irregularidades que se sostiene en el tiempo, seria sin lugar a dudas  ser cómplices del actual caos por el que discurre el organismo. Para lo cual se propone se ejecuten desde el mismo banco los trámites tendientes a realizar la contratación de una auditoria integral externa y privada, donde se deberá encarar el estudio en el ámbito administrativo, operacional y financiero de la entidad, lo cual permitiría un examen critico de los registros, recursos, obligaciones, patrimonio y resultados de la entidad, emitiendo un juicio o dictamen  acerca de la razonabilidad y variaciones que se determinen.
Por todo lo expuesto anteriormente  solicitamos a nuestros pares nos acompañen en la aprobación de este proyecto de ley.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE JUJUY

SANCIONA LA LEY              /10.

ARTICULO 1°: Instruir al Banco de Acción de Social para la contratación de los servicios de una Auditoria Externa Especial en esa Institución, siguiendo los procedimientos de contratación establecidos en el Régimen de Contrataciones en vigencia.

ARTICULO 2°: Esta auditoria Externa Especial tendrá como objetivo:

1. Efectuar las correcciones que sean necesarias para la emisión de los Estados Contables rechazados o declarados inadmisibles por el Tribunal de Cuentas y a fin de dar cumplimiento a la rendición de cuentas que exige el mismo, así como aquellos Estados Contables que a la fecha se encuentran pendientes de emisión.

2. Informar sobre las deficiencias o fallas detectadas en la organización interna.

3. Determinar las responsabilidades de los agentes  actuantes

4. Diseñar un nuevo sistema administrativo que permita dar  cumplimiento a los objetivos del Banco.

ARTICULO 3°:A efectos de dar cumplimiento a lo expuesto en el articulo 1º, el Banco de Acción Social deberá en un plazo de 10 diez días convocar a representantes del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas, de la Facultad de Ciencias Económicas, del Tribunal de Cuentas  y de la Comisión de  Finanzas de esta Legislatura. 

ARTÍCULO 4°: De forma.-

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